Providencias que la citan
Estas providencias invocan a A. 078/03 en su argumentación. · 21 en total.
Volver a la ficha de A. 078/03Norma Orientada A Fortalecer Mecanismos De Prevencion, Investigacion Y Sancion De Actos De Corrupcion Y Efectividad Del Control De La Gestion Publica.
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Rodrigo Escobar Gil Para Intervenir En Los Procesos De La Referencia. Legitimacion Para Recusar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Petinencia De La Recusacion. Exigencias Para Considerar Su Pertinencia. No Sera Procedente Una Recusacion En La Cual Los Hechos Expuestos No Se Encuadren Dentro De Ninguna De Las Causales Que Generan Impedimento. Rechazada Por Impertinente
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria En El Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006, Por Haber Conceptuado Sobre La Constitucionalidad De La Disposicion Acusada. Separar Al Magistrado Jaime Araujo Renteria Del Conocimiento De Las Solicitudes De Nulidad Propuestas Por Varios Ciudadanos Contra La Sentencia C-355 De 2006
Recusación De Todos Los Magistrados Que Componen La Sala Plena, Dentro De La Demanda De Inconstitucionalidad Contra Los Artículos 1 Y 2 Del Acto Legislativo 1 De 2005, Por El Cual Se Adiciona El Artículo 48 De La Constitución Política. La Sala Plena Encuentra Que Tal Recusación Resulta Impertinente En La Medida Que Las Posiciones Fijadas En Las Sentencias Citadas Por El Demandante Fueron Plasmadas En Providencias En Las Cuales Cada Magistrado Participó Ejerciendo Sus Funciones Judiciales. Declara Impertinente La Recusacion
Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006. Recusacion Formulada Por El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria Actuando Como Ciudadano Contra El Magistrado Doctor Nilson Pinilla Pinilla En El Tramite Del Incidente De Nulidad. Impertinencia De La Recusacion Formulada
Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006. Recusacion Formulada Por El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria Actuando Como Ciudadano Contra El Magistrado Doctor Marco Gerardo Monroy Cabra En El Tramite Del Incidente De Nulidad. Impertinencia De La Recusacion Formulada
Recusacion Formulada Contra La Magistrada Clara Ines Vargas Hernandez Para Participar En La Decision Relacionada Con El Incidente De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006, Por Haber Conceptuado Sobre La Constitucionalidad De La Disposicion Acusada Y Tener Interes En La Decision. Legitimidad Para Recusar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Exigencia De La Pertinencia De La Recusacion. Declara La Impertinencia De La Recusacion
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Rodrigo Escobar Gil. No Sera Procedente Una Recusacion En La Cual Los Hechos Expuestos No Se Encuadren Dentro De Ninguna De Las Causales Que Generan Impedimento. Una Recusacion Es Impertinente "cuando Se Invoca Una Causal Inexistente En El Ordenamiento Jurídico". Rechazada Por Impertinente
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa. No Sera Procedente Una Recusacion En La Cual Los Hechos Expuestos No Se Encuadren Dentro De Ninguna De Las Causales Que Generan Impedimento. Una Recusacion Es Impertinente "cuando Se Invoca Una Causal Inexistente En El Ordenamiento Jurídico". Rechazada Por Impertinente
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Humberto Sierra Porto Para Conocer De Las Demandas Contra El Acto Legislativo 02 De 2004. El Hecho Invocado Como Causal, La Condicion De Doble Nacionalidad Del Referido Magistrado, No Encuadra Bajo Ninguno De Los Supuestos Facticos Descritos En Los Articulos 25 Y 26 Del Decreto 2067 De 1991. Los Demandantes Carecen De Legitimación Para Promover La Recusacion. Se Declara La Carencia De Legitimación Y La Impertinencia
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Marco Gerardo Monroy Cabra Para Conocer De Las Demandas Contra El Acto Legislativo 02 De 2004. El Hecho Invocado Como Causal, La Edad Del Referido Magistrado, No Encuadra Bajo Ninguno De Los Supuestos Facticos Descritos En Los Articulos 25 Y 26 Del Decreto 2067 De 1991. Los Demandantes Carecen De Legitimación Para Promover La Recusacion. Se Declara La Carencia De Legitimación Y La Impertinencia
Recusacion Formulada Contra La Totalidad De Los Miembros De La Corte Constitucional. El Decreto 2067 De 1991, Regulo De Manera Integral Lo Atinente A Las Causales De Impedimento Y Recusacion De Los Magistrados De La Corte Constitucional. Cuando La Recusacion Ha Sido Dirigida Contra Todos Los Magistrados, Le Corresponde Al Pleno De La Corte Decidir Sobre La Misma. El Demandante Y El Procurador Son Quienes Legítimamente Pueden Recursar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Gustavo Hernández Salazar No Es Demandante Dentro De Alguno De Los Procesos De Inconstitucionalidad Contra El Acto Legislativo No. 2 De 2004. Declarar La Falta De Legitimación Del Ciudadano Para Formular La Recusacion Contra El Magistrado Marco Gerardo Monroy Cabra, Que Además No Es Pertinente
Recusacion Formulada Contra Los Magistrados Jaime Cordoba Triviño Y Rodrigo Escobar Gil Por Su Condicion De Aficionados A Las Llamadas Actividades Taurinas. Regulación Y Tramite De Las Recusaciones De Los Magistrados De La Corte Constitucional. Principio Fundamental De Imparcialidad Judicial. Criticas A La Imparcialidad En La Aplicacion Del Derecho. En El Caso De Los Magistrados De Esta Corporación, Hay Que Tener En Cuenta Que La Actividad De La Corte Constitucional Tiene Por Objeto Decidir Sobre Hechos O Circunstancias Que Afectan A Todos Los Ciudadanos. De Ahí Que Tales Decisiones Tengan En La Mayoria De Las Ocasiones Algun Tipo De Relación Con Los Magistrados Como Ciudadanos. La Solicitud De Recusacion Es Improcedente An Tanto Impertinente, Porque Si Bien La Actora Esta Legitimada Para Proponerla, Los Hechos En Los Que Se Basa No Demuestran Afectación De La Imparcialidad Ni De La Capacidad De Decidir En Derecho De Los Magistrados En Cuestion. No Fundada La Solicitud
Recusacion Contra La Totalidad De Los Miembros De La Corte Constitucional. Declara La Falta De Legitimidad Del Ciudadano Gustavo Hernández Salazar Para Formular La Recusacion Que Además No Es Pertinente. Incorporese Al Expediente D-5625 El Original De Esta Providencia E Insertese Copia En Los Demas Procesos Que Se Tramiten Contra El Acto Legislativo No. 2 De 2004
Recusacion Formulada Contra El Procurador General De La Nación, Edgardo Maya Villazon, Por La Ciudadana Nubia Leonor Posada Gonzalez, Por La Publicación Contenida En Un Semanario Y Por Interes Directo O Indirecto En El Proceso. Declara Que No Es Pertinente La Recusacion Formulada Contra El Procurador Para Conceptuar En El Proceso D-5807
Recusacion Formulada Por Jairo Enrique Ramírez Contra El Magistrado Alvaro Tafur Galvis. Falta De Legitimación Del Ciudadano Para Formular La Recusacion La Cual Además Resulta Ser Impertinente.
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria En Demandas De Inconstitucionalidad Contra El Acto Legislativo 02 De 2004. Recurso De Suplica Y Solicitud De Nulidad. Rechaza Por Improcedente El Recurso De Suplica. No Declara La Nulidad Del Auto Del 8 De Marzo De 2005 Y Se Deniega La Petición
Recusacion Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria. Legitimación Para Recusar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Recusante Carece De Legitimación Para Recusar A Los Magistrados De La Corte Constitucional. Impertinencia De La Recusacion. Declara La Falta De Legitimacion Del Recusante Para Formulacion De La Recusacion Y Su Impertinencia
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Rodrigo Escobar Gil. Declara No Pertinente La Recusacion Formulada
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa Para Conocer De La Demanda Contra El Acto Legislativo 02 De 2004. Declara Impertinente La Recusacion Formulada